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El 6 de agosto se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco la ORDEN del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación de las 24 viviendas de protección oficial de Loiola.
De las 24 viviendas: 1 vivienda está adaptada a personas con movilidad reducida de carácter permanente; 5 son de un dormitorio, 12 de dos dormitorios; y 6 son de tres dormitorios. El régimen de cesión es el de arrendamiento.
Requisitos para participar en esta adjudicación:
a) Estar de alta como demandante de vivienda en alquiler en Sopela en el Registro de Solicitantes de Vivienda.
b) Al menos una de las titulares de la solicitud debe de estar empadronada en Sopela. (un año ininterrumpidamente o 3 años de forma alterna en los últimos 5 años).
c) Tener ingresos ponderados entre 9.000 y 45.022,57 euros (renta del año 2024)
d) Pertenecer a unidades convivenciales de no más de 6 miembros.
e) Todas las personas que constituyen la unidad convivencial deben carecer de vivienda en propiedad, derecho de superficie o usufructo.
Se aplicarán excepciones en el caso de: personas con con diversidad funcional, mujeres víctimas de violencia de género y personas que tengan reconocido el derecho subjetivo a una vivienda.
Para consultar los requisitos de inscripción en Etxebide entra en este enlace.
Cupos para aplicar en las 24 viviendas a adjudicar:
a) Una vivienda adaptada: para personas con movilidad reducida de carácter permanente.
b) Para el resto (23 viviendas), se establecen los siguientes cupos:
– 6 viviendas: para unidades convivenciales en las que al menos una de las personas titulares sea menor de 36 años.
– 3 viviendas: para solicitantes que tengan reconocido el derecho subjetivo de acceso a la ocupación legal de una vivienda.
– 7 viviendas: para personas que acrediten tener especial necesidad de vivienda.
– 7 viviendas: para personas adscritas al cupo general.
Las viviendas no adaptadas que queden sin adjudicar aumentarán la cuota de viviendas destinadas al cupo general.
Si quedasen viviendas sin adjudicar del cupo general, se adjudicarán entre personas del cupo en el que haya habido un mayor número de solicitudes.
Si finalizado el procedimiento quedaran viviendas sin adjudicar, se adjudicarían de acuerdo con el procedimiento de segundas adjudicaciones.
Las personas o unidades convivenciales que formen parte de varios colectivos serán encuadradas en el que tenga el cupo más alto de viviendas reservadas.
Plazo y modo de presentación de las solicitudes:
Las personas interesadas en participar deberán presentar la solicitud entre el 15 de septiembre y el 3 de octubre de 2025 (ambos inclusive) por alguna de estas vías:
– Telemáticamente: en http://www.etxebide.euskadi.eus
– Presencialmente: en Zuzenean (cita previa), Gran Vía, 85 bajo, 48011 Bilbao.
– Por correo postal: Delegación Territorial de Vivienda de Bizkaia, Gran Vía 85, 6ºpiso, 48011 Bilbao, Bizkaia. (Se recomienda el uso de correo administrativo).
Criterios a tener en cuenta para la baremación de las solicitudes:
a) Ingresos: se otorgarán diferentes puntos en función de los ingresos obtenidos.
b) Número de miembros de la unidad convivencial: se puntuará en función del número de dormitorios que tengan las viviendas.
c) Antigüedad ininterrumpida de la inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda en alquiler: se otorgarán puntos por cada año de inscripción.
d) Formar parte de algún colectivo con especial necesidad de vivienda.
Finalizada la asignación, se confeccionarán listas de espera con quienes hubieran participado sin haber obtenido vivienda.
Publicación de las listas.
Los lugares de publicación de las listas de expedientes admitidos y excluidos, asignación de viviendas y listas de espera serán:
– Los Tablones de Anuncios del Servicio de Atención Ciudadana del Gobierno Vasco-Zuzenean.
– El tablón electrónico de anuncios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Información más detallada consultando la orden del consejero de Vivienda y Agenda Urbana aquí.
