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En septiembre entrará en vigor la actualización del Reglamento Orgánico Municipal aprobado en el pleno de junio. Con esta regulación, el Ayuntamiento de Sopela quiere promover la participación ciudadana y de los agentes sociales en las comisiones informativas y en el pleno. Hasta ahora las comisiones informativas del Ayuntamiento se celebraban a puerta cerrada. Con la nueva regulación, las comisiones de septiembre ya serán públicas. Cualquier ciudadano o ciudadana puede asistir a las comisiones. Sin embargo, el público no podrá participar hasta que termine la comisión, es decir, no podrá participar en los puntos del orden del día. Una vez finalizada la comisión, los ciudadanos y las ciudadanas podrán participar en el debate entre ruegos y preguntas.
De esta forma, las comisiones informativas tendrán el mismo funcionamiento que los plenos. La única excepción es que los puntos relacionados con el personal municipal se podrán realizar a puerta cerrada, es decir, que se pueda evitar que sean públicos para garantizar la privacidad de los trabajadores y las trabajadoras.
Posibilidad de concertaciones
Además, la ciudadanía y los agentes sociales tendrán la oportunidad de tomar la palabra en los puntos del orden del día, tanto en las comisiones informativas como en los plenos. A tal efecto deberán tener un interés manifiesto en dichos puntos, debidamente motivado. La solicitud deberá realizarse antes de la comisión o del Pleno, a través del registro municipal, antes de las 13:00 del día hábil anterior. Bajo el asesoramiento de la secretaría del Ayuntamiento y de las secretarías de las Comisiones, el acuerdo final corresponderá a la alcaldesa o a los y las presidentes de las Comisiones.
El Ayuntamiento publicará el orden del día de las convocatorias, en el tablón del Ayuntamiento, en la página web y en las redes y en la sede electrónica. La concertación de la ciudadanía y de los agentes sociales se realizará antes del punto de orden del día, antes de comenzar el debate. Porque no se trata de generar un debate entre partes involucradas y los concejales, sino de recoger la opinión de la ciudadanía o agentes sociales que tengan un interés razonado en el tema. Las intervenciones deberán ser breves, de un máximo de 5 minutos.
Presentación directa de mociones no decisivas
Las asociaciones locales o el 1% de las personas mayores de edad empadronadas también pueden presentar y defender directamente mociones sin la representación de partidos políticos. Hasta ahora, sólo los partidos políticos presentaban mociones. Con la nueva regulación, sin embargo, se impulsa la independencia y la autonomía política de los agentes sociales y de los grupos de sopeloztarras. El plazo para registrar estas mociones es de una semana antes del pleno. La secretaría del Ayuntamiento deberá analizar la pertinencia jurídica de estas mociones.